Luis Caputo y Cristina Kirchner protagonizaron fuertes cruces por el manejo de la deuda
El titular del Palacio de Hacienda respondió a una publicación en X de la exvicepresidenta, que apuntó contra la administración Milei por un decreto que elimina requisitos para reestructurar la deuda pública.
Este lunes por la tarde, el ministro de Economía, Luis Caputo, salió al cruce de la exvicepresidenta Cristina Kirchner luego de que la extitular del Senado cuestionara al Gobierno por la publicación en el Boletín Oficial del decreto 846/2024, que oficializa la eliminación de requisitos que el Poder Ejecutivo y el Palacio de Hacienda deben cumplir para canjear y/o reestructurar la deuda pública, modificación que figuraba en la primera versión de la Ley Bases y ho está dentro del presupuesto 2025.
“¿Cuál es la urgencia del DNU publicado hoy cuando la modificación central en materia de endeudamiento ya está sometida a consideración del Congreso en el proyecto de presupuesto que con tanta pompa y tan poca audiencia presentó Milei? ¿Qué quiere hacer Caputo con los próximos vencimientos de deuda? ¿Volver a incendiar el país en la hoguera de la deuda como hizo con Macri y el FMI? ¿Ni siquiera con un ajuste desalmado e inhumano el ministro Caputo de Milei puede pagar la deuda que el ministro Caputo de Macri generó?”, se preguntó la referente opositora a través de un posteo en la red social X.
Una hora después de la publicación de Cristina Kirchner, el líder de la cartera de Economía polemizó con la exfuncionaria. “Toda la deuda de los últimos 20 años la generaste vos, guiada por el primate que tuviste de ministro de economía. Primero heredaste 2 puntos de superávit fiscal y los convertiste en 7 de déficit. Luego Macri te dejó casi equilibrio primario y lo volviste a llevar a 5 puntos de déficit”, insistió Caputo. Y coronó con dos chicanas: “Tenía razón tu marido cuando decía que no sabías nada de economía. Quedate chillando tranquila que es lo máximo que podés hacer, porque no vas a volver a gobernar nunca más…”.
Minutos antes de las 16.30, Cristina Kirchner redobló la apuesta: “Como Ministro de Macri lo sabía endeudador serial en dólares y muy mentiroso con los números. Ahora, lo de violento y misógino como Ministro de Milei, la verdad que no la tenía. Se ve que es contagioso”. “¡Mirá lo que decía de vos tu jefe actual, bobo!”, lanzó la exvicepresidenta y compartió un video de Milei, donde apunta contra Caputo por haber “dejar un desastre en el BCRA” durante la gestión de Macri.
“Jaja, veo que me hace caso, siga chillando nomás!”, fue la escueta y última contestación del ministro de Economía a la dos veces presidenta.
No fue el único dardo que Cristina Kirchner lanzó contra Milei en su primera publicación. También le achacó no ofrecer ayuda y/o respuesta alguna ante lo incendios forestales, causados de manera deliberada, en Córdoba. En los últimos días, localidades como Capilla del Monte, Dolores y Los Cocos, se vieron asediadas por las llamas. Viviendas destrozadas, bosques destruidos y animales heridos. Al respecto, la exvicepresidenta acusó al oficialismo de dejar de informar el reporte diario de incendios desde diciembre de 2023, que consideró “importante en un contexto de crisis climática y mayor ocurrencia de eventos extremos (a los que el Presidente directamente niega”. Asimismo, le endilgó a la administración Milei no haber ejecutado “un solo peso de los fondos asignados a Manejo del Fuego”.
Qué dice el decreto 846/2024, que flexibiliza los requisitos para canjear deuda
En resumidas cuentas, la norma publicada en el Boletín Oficial en la medianoche del lunes dispone que “las futuras suscripciones de instrumentos de deuda pública, independientemente de su moneda de pago, se puedan realizar con instrumentos de deuda pública cualquiera sea su moneda de pago”. De esta manera, el Ejecutivo tiene la opción de realizar canjes en moneda extranjera sin tener que cumplir con los requisitos de la Ley de Administración Financiera, que establece que dichos intercambios pudieran ser solo efectuados bajo moneda local -pesos argentinos en este caso-.
“Los precios de los instrumentos serán fijados teniendo en cuenta los valores existentes en los mercados para cada una de las operaciones que se realicen en el marco de las normas de procedimientos aprobadas por la Resolución Conjunta de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del ex Ministerio de Hacienda. Dichas operaciones no estarán alcanzadas por las disposiciones del artículo 65 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias”, dice el decreto en el último de sus párrafos.
Fuente: La Gaceta